Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo interpuesto contra el Servicio de Salud Antofagasta y ordenó la entrega de información laboral de los funcionarios individualizados, así como antecedentes sobre la tramitación de determinadas solicitudes. El Consejo fundó su decisión en que los servidores públicos, por la naturaleza de sus funciones, están sujetos a un escrutinio mayor y a un control social más intenso sobre sus antecedentes, actuaciones y conducta. Además, el órgano no acreditó la entrega de la información ni invocó circunstancias de hecho o causales de secreto o reserva que justificaran su negativa. Antes de la entrega, el servicio deberá tarjar los datos personales de terceros que no sean la reclamante, en aplicación del principio de divisibilidad de la Ley de Transparencia. La resolución advierte sanciones del artículo 46 de la ley para el caso de no entregar la información una vez firme la decisión, y exige acreditar el cumplimiento.