Resumen
La Contraloría General de la República se abstuvo de dar curso a una resolución del Instituto Nacional de la Juventud que absolvía a un funcionario y sobreseía en ciertas materias, y la devolvió al organismo. Ello, porque el servidor sancionado con censura había cesado en el organismo original y continuaba ejerciendo funciones, sin interrupción, en el Servicio de Tesorerías. En esa situación, la Contraloría indica que corresponde a la autoridad de la institución donde se instruyó el proceso determinar la medida, y remitir copia de los antecedentes a la entidad donde el funcionario labora actualmente, para que su jefatura dicte el acto afecto a toma de razón que haga efectiva la sanción. Asimismo, precisa que un oficio de comunicación no es idóneo para materializar la censura, y ordena someter a control de legalidad la absolución y el sobreseimiento.