Resumen
La Contraloría General de la República se pronuncia sobre la resolución N° 158, de 2016, de la Subsecretaría de Educación, relativa a medidas disciplinarias contra funcionarios. El dictamen establece que, cuando un inculpado mantiene su condición de empleado público sin interrupción, la autoridad del servicio donde se instruyó el sumario debe determinar la sanción y remitir los antecedentes a la institución actual para que se materialice. Respecto a los exempleados O.V.D., R.V.O., M.V.R.C.A.A., los antecedentes deben enviarse a la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región Metropolitana, lugar donde ocurrieron los hechos. En cuanto a la ex Secretaria Regional Ministerial de Educación de la Región Metropolitana, L.O.P., la potestad disciplinaria corresponde a la Presidenta de la República por tratarse de un cargo de exclusiva confianza. En consecuencia, se representa la resolución y se devuelve para subsanar las observaciones.