El Tribunal Constitucional conoció requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucion…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2017
Resumen
El Tribunal Constitucional conoció requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, presentados por distintos imputados en procesos penales en tramitación ante tribunales de garantía, juicio oral y cortes de apelaciones, respecto del inciso segundo del artículo 1° de la Ley N° 18.216, que excluye ciertos delitos de la posibilidad de acceder a penas sustitutivas de la privación de libertad. La mayoría del Tribunal acogió el requerimiento y declaró que dicha disposición es inconstitucional, por cuanto genera una desproporción frente a la gravedad de los delitos excluidos en comparación con otros, lo que implica una situación de irracionalidad que vulnera el principio de proporcionalidad de las penas. El fallo sostiene que el quantum de la pena, en abstracto y en concreto, es un factor determinante para medir la gravedad del delito y justificar la aplicación de penas sustitutivas. Asimismo, reitera que la privación de libertad debe reservarse para las conductas más graves, que las penas sustitutivas buscan la reinserción social y no constituyen impunidad, y que el derecho a castigar está limitado por principios constitucionales como la dignidad humana.
Normas citadas
artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
artículo 19, inciso primero, numeral 2
artículo 19, inciso sexto, numeral 3
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la pena
Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.
Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona
Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.