Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, por la falta de respuesta a unas consultas sobre la realización de un trámite. El Consejo recordó que la Ley de Transparencia ampara las solicitudes sobre información que puede desprenderse de los registros y antecedentes que el organismo mantiene, así como las peticiones que implican elaborar respuestas, siempre que la información obre en poder de la Administración y no suponga un costo excesivo ni un gasto no previsto. En consecuencia, ordenó al Servicio entregar la respuesta solicitada, bajo apercibimiento de sanciones previstas en el artículo 46 de la ley, y exigió acreditar su cumplimiento ante el Consejo.