Resumen
El tribunal tributario y aduanero de valparaíso, en procedimiento general de reclamación, resolvió determinar no ha lugar al reclamo interpuesto en contra de la liquidaciones n°59 y n°60, rechazando la caducidad alegada. el reclamo hacía referencia a la reversa de pérdida tributaria y denegación de ppua por $11.849.059, autorizados y pagados previamente, obligando a su restitución, a través de la liquidación n°60. el tribunal rechazó la caducidad alegada, por aplicación del artículo 53 de código civil, y que el artículo 97 inciso final de la ley de impuesto a la renta, derogó en forma tácita al inciso final del artículo 59 del código tributario. se analizó la retroactividad de la modificación al artículo 59 inciso cuarto del código tributario por la ley n°20780. por otra parte, se rechazó, la incorporación de cuentas de tipo cuenta corriente mercantil, no acreditadas contablemente y no reuniendo los elementos del código de comercio, no correspondiendo incorporarlas en el capital propio tributario. posteriormente, con fecha 14.12.2020, la i. corte de apelaciones de valparaíso, revocó la sentencia apelada, en la parte que desestimó la excepción de caducidad, relacionada con le liquidación n°60 por reintegro, sólo en cuanto se deja sin efecto, por haber caducado el derecho reclamado por el servicio de impuestos internos, para requerir el reintegro de lo pagado al contribuyente por concepto de utilidad absorbida. se confirma en lo demás lo apelado la referida sentencia, sin costas.