Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre un reclamo presentado por un profesional funcionario del Hospital Militar de Santiago, que cuestionaba descuentos en sus remuneraciones. El establecimiento había eliminado una asignación del 50% por desempeñarse como jefe de turno, luego de que el funcionario fuera liberado de guardias nocturnas conforme al artículo 44 de la ley N° 15.076, aunque después regularizó el pago. El organismo recordó que la asignación de jefatura de turno (artículo 27, letra m, del decreto N° 110 de 1963 del Ministerio de Salud) se funda en el ejercicio de un cargo de jefatura y no en el trabajo nocturno, por lo que quienes se acogen al beneficio del artículo 44 no pueden conservarla si son destinados a empleos sin esa jerarquía. Como no se había acreditado si el funcionario continuaba ejerciendo funciones de jefatura de turno, se ordenó al hospital informar tal circunstancia dentro de 20 días hábiles, antes de resolver en definitiva.