Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre un recurso presentado por un servidor del Ejército que había sido declarado no apto por la Comisión de Sanidad institucional, la que resolvió sin examinarlo personalmente. El organismo concluyó que el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, no impone a esa comisión la obligación de examinar personalmente a los servidores antes de pronunciarse sobre su capacidad física. Señaló además que el recurrente fue requerido en dos oportunidades para ser evaluado por facultativos institucionales, negativa que él y su médico tratante habrían mantenido. Asimismo, indicó que estar con licencia médica no impide adoptar la medida de alejamiento, pero que el acto que pone término a la carrera aún no se había dictado. Por ello, ordenó al Ejército dictar el acto de desvinculación conforme al artículo 57, letra a), de la ley N° 18.948, pagar las remuneraciones correspondientes si hubo servicios tras el 31 de mayo de 2016, e informar en 15 días hábiles. Se ratificó el dictamen anterior.