Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la impugnación de un funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile que fue destinado a la B.I.C.M., mientras su cónyuge, funcionaria de un servicio de salud, residía en otra ciudad. El recurrente invocó el artículo 119 del Estatuto de Personal de la institución, que exige la aceptación de ambos cónyuges para destinaciones con residencia distinta, salvo traslado simultáneo a igual punto. La institución sostuvo que el matrimonio llevaba más de tres años en la misma ciudad, lo que excluiría el derecho. El organismo contralor constató, sin embargo, que el funcionario compartió ciudad con su cónyuge solo desde septiembre de 2015, por lo que no se cumplía el plazo de tres años. En consecuencia, acogió el reclamo y ordenó a la institución dejar sin efecto la destinación impugnada.