Resumen
La Contraloría General de la República desestimó el reclamo de un funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile, quien solicitó ser trasladado a la misma ciudad donde fue destinada su cónyuge, también servidora de esa institución. El dictamen concluyó que ambos cónyuges no podían invocar la prerrogativa del artículo 119 del Estatuto de Personal de la Policía de Investigaciones de Chile, que exige su consentimiento para ser destinados a localidades distintas, porque ambos llevaban más de tres años continuos de servicio en la misma ciudad (Punta Arenas), lo que les impedía ejercer ese derecho. Además, respecto al rechazo del traslado por parte del Servicio de Salud Magallanes, se determinó que el funcionario se desempeñaba a contrata, por lo que no podía ser objeto de destinación, ajustándose la decisión a derecho.