Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo presentado por un particular en contra de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas, que buscaba acceder a información sobre la topografía de toda la ruta 115-CH y sus sendas de avalanchas. El órgano requerido sostuvo que no existía en su poder información distinta ni adicional a la ya entregada. El Consejo concluyó que no había antecedentes que contradijeran esa afirmación, pues la Ley de Transparencia obliga a entregar la información que obre en poder del órgano, no aquella que no existe ni la que no tiene en su poder. En consecuencia, rechazó el amparo, por unanimidad de los miembros presentes, por no obrar información adicional a la ya entregada.