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El Consejo para la Transparencia conoció amparos interpuestos por un ciudadano contra l…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2018

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció amparos interpuestos por un ciudadano contra la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas, que había denegado el acceso a minutas e informes arqueológicos vinculados al trazado de una nueva ruta vial. El organismo fundó la denegación en la reserva del artículo 21 N° 1 letra b) de la Ley de Transparencia, argumentando que la divulgación afectaría el cumplimiento de sus funciones mientras preparaba una presentación ante el Consejo de Monumentos Nacionales sobre la naturaleza arqueológica de los terrenos. El Consejo rechazó los amparos por unanimidad, al configurarse la causal de reserva. No obstante, dispuso que, una vez que el Consejo de Monumentos Nacionales se pronuncie sobre los terrenos, la Dirección de Vialidad deberá entregar copia de las minutas e informes consultados, en aplicación de los principios de facilitación y máxima divulgación. La resolución indica el plazo de 15 días corridos para reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones y la improcedencia del recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoObras Públicas (Vialidad); Bienes Públicos

Preguntas frecuentes

¿Puede un organismo público negar el acceso a informes técnicos mientras prepara una presentación ante otra entidad?

En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó los amparos porque se configuró la causal de reserva del artículo 21 N° 1 letra b) de la Ley de Transparencia, al entender que la divulgación afectaba el cumplimiento de las funciones de la Dirección de Vialidad mientras preparaba su presentación al Consejo de Monumentos Nacionales.

¿El rechazo de un amparo de acceso a la información impide obtener los documentos en el futuro?

No necesariamente. Aunque el Consejo rechazó los amparos, dispuso que, una vez que el Consejo de Monumentos Nacionales se pronuncie sobre los terrenos, la Dirección de Vialidad deberá entregar copia de las minutas e informes consultados, aplicando los principios de facilitación y máxima divulgación.

¿Cuál es el plazo para reclamar una resolución del Consejo para la Transparencia que rechaza un amparo?

Según la resolución, el plazo es de 15 días corridos para interponer reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones, y no procede el recurso de reposición contra ella.

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