Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si procedía declarar vacante un cargo municipal por inhabilidad sobreviniente, tras una condena penal de una funcionaria. El órgano concluyó que no procede tal declaración cuando la condena fue acompañada de la remisión condicional de la pena u otro beneficio de la Ley 18.216. Según el artículo 29 de esa ley, la sentencia que otorga el beneficio permite omitir los antecedentes prontuariales, por lo que la persona debe considerarse como si no hubiese sido condenada para efectos de los requisitos de ingreso y permanencia en la Administración del Estado. En el caso concreto, la funcionaria había sido beneficiada con la remisión condicional, por lo que no estaba obligada a dejar el servicio. En consecuencia, se acogió la reclamación, ordenando a la municipalidad regularizar su situación, reincorporarla a sus funciones y pagar las remuneraciones correspondientes al período en que estuvo privada de ejercer su cargo.