Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre una solicitud de reconsideración relativa a la improcedencia de declarar la vacancia de un cargo docente municipal por inhabilidad sobreviniente y al cumplimiento de ese mismo dictamen. El organismo resolvió que, mientras rija la suspensión preventiva de la funcionaria, no es posible reincorporarla a sus funciones, pero que, atendido el tiempo transcurrido, el sumario administrativo debe concluirse a la brevedad, pues su tramitación excedió largamente el plazo del artículo 133 de la Ley N° 18.883, lo que compromete la responsabilidad del fiscal y de la unidad de asesoría jurídica municipal. Asimismo, rechazó que se inhabilite al fiscal sumariante por ser los sumarios procedimientos reglados sin otras instancias que las previstas en la ley, debiendo plantearse esa causal en la instancia correspondiente. Finalmente, se abstuvo de informar sobre la vía para reclamar daños y perjuicios, por tratarse de un asunto de carácter litigioso conforme al artículo 6° de la Ley N° 10.336, y ratificó y complementó el dictamen N° 71.203, de 2011.