Resumen del criterio jurisprudencial
El caso trata sobre una demanda de declaración de existencia de comunidad de bienes entre Guillermina González Vásquez y Luis Antonio Aravena Aravena, convivientes no casados. El Juzgado Civil de Parral rechazó la demanda en primera instancia. La parte demandante apeló y la Corte de Apelaciones de Talca revocó el fallo, acogiendo la demanda al considerar acreditada la comunidad. El demandado interpuso recursos de casación en la forma y en el fondo ante la Corte Suprema. En cuanto a la casación en la forma, se alegó falta de emplazamiento por notificación personal, pero la Corte consideró que la notificación por estado diario fue suficiente. Respecto a la casación en el fondo, se argumentó infracción a normas del Código Civil, pero la Corte concluyó que no hubo error de derecho y que la comunidad estaba debidamente probada. La Corte Suprema declaró sin lugar ambos recursos, confirmando la sentencia de segunda instancia.