Resumen del criterio jurisprudencial
En un juicio ordinario de reivindicación seguido ante el Juzgado de Letras de Parral, la demandante María Albornoz Leiva obtuvo sentencia favorable. En fase de cumplimiento, un tercero, David Eduardo del Solar Rivas, se opuso alegando ser dueño y poseedor de una parte del Fundo Las Cruces o Quillayes, y que la sentencia no le empecía por no haber sido emplazado. El tribunal de primera instancia rechazó de plano la oposición, decisión confirmada por la Corte de Apelaciones de Talca. El tercero recurrió de casación en el fondo, argumentando que se vulneró el artículo 234 inciso segundo del Código de Procedimiento Civil, pues su oposición cumplía los requisitos y debía tramitarse. La Corte Suprema acogió el recurso, invalidó la sentencia impugnada y ordenó reemplazarla, acogiendo la oposición del tercero.