Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Dirección General de Movilización Nacional, que había denegado el acceso a información sobre un profesional de dicho organismo. Se ordenó entregar copia de los escritos de apelación que el profesional presentó en su proceso de calificaciones del año 2019, y el resultado de ese proceso. El Consejo fundó su decisión en que la función pública debe ejercerse con probidad y transparencia, y desestimó la causal de reserva por afectación a los derechos de las personas, por no haber sido suficientemente acreditada por el tercero involucrado. Sin embargo, se rechazó el amparo respecto de los correos electrónicos y sus archivos adjuntos incluidos en esos escritos, por estimarse reservados conforme al artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia. Además, deberán reservarse los datos personales de contexto, en aplicación del principio de divisibilidad. Se ordenó cumplir en un plazo de 15 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada.