Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo contra la Dirección del Trabajo por la negativa a entregar, en formato Excel, la información base anonimizada que sirve para elaborar el registro de cartas de aviso de término de contrato y de trabajadores vinculados a un único empleador. El Consejo aplicó lo resuelto previamente en el amparo, donde se denegó preventivamente el mismo tipo de información para evitar cruces de datos que pudieran afectar la vida privada de sus titulares. La decisión se fundó en la causal de reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia, reforzada por el artículo 33 letra m), que encomienda al Consejo velar por el cumplimiento de la Ley sobre Protección de la Vida Privada por los órganos de la Administración del Estado. Por unanimidad, el Consejo rechazó el amparo y ordenó notificar la resolución a la reclamante y al Director Nacional del Trabajo, indicando que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos.