Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de Rancagua, por negativa a entregar información sobre el estado de una denuncia y copia de la respuesta o resultado de una carta dirigida al Alcalde. Respecto de la denuncia, el Consejo constató que los descargos del órgano permitían satisfacer lo pedido, pero no constaba su entrega al peticionario, por lo que ordenó remitir copia de los descargos o acreditar su entrega. En cuanto a la respuesta a la carta, ordenó su entrega por tratarse de información pública, sin alegarse inexistencia ni causales de reserva; si no obra en poder del órgano, deberá comunicarlo fundadamente. Se dispuso tarjar los datos personales de contexto conforme a la Ley N°19.628 sobre protección de la vida privada, y se fijó un plazo de cinco días hábiles para cumplir, bajo apercibimiento legal.