Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo contra la Municipalidad de Rancagua, relacionado con la solicitud de información sobre los datos de inscripción del Comité de Mejoras Villa San Rafael de Rancagua. El Consejo consideró que se trata de información pública, conforme a la Constitución y a la Ley de Transparencia, y que el municipio no acreditó la inexistencia de la información según la Instrucción General N° 10, por lo que ordenó su entrega y exigió acreditar el cumplimiento en plazo. Por otra parte, rechazó el amparo respecto del RUT de los funcionarios consultados, por tratarse de un dato personal obtenido de una fuente no accesible al público, sin verificarse un interés social que justificara su divulgación, configurándose la causal de reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia en relación con la Ley N° 19.628.