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El tribunal tributario y aduanero de valparaíso en procedimiento especial de reclamo po…

Resumen del criterio jurisprudencial

El tribunal tributario y aduanero de valparaíso en procedimiento especial de reclamo por vulneración de derechos, acogió el amparo tributario aduanero mediante el cual un agente de aduanas alegando la conculcación de la garantías constitucionales de los números 21, 22 y 24 del artículo 19 de la constitución política del estado, solicitó dejar sin efecto la resolución del sr. director nacional de aduanas por la que se confirmó la aplicación de una medida disciplinaria de amonestación escrita en conformidad a la facultad disciplinaria que le concede al citado director el artículo 202 de la ordenanza de aduanas. el tribunal fundamentó su fallo en las siguientes consideraciones: - la doctrina y jurisprudencia han asentado el principio de que un acto u omisión es arbitrario cuando no existe motivo o razón lógica que lo fundamente y justifique, o ha sido dictado con motivaciones ajenas a las previstas por la ley; e ilegal es aquel acto contrario a la legalidad vigente. - para imponer la sanción pretendida, el órgano que detenta la facultad disciplinaria debía desplegar una actividad y consideración mayor a la simple constatación de los errores de autos, debiendo desarrollar la fundamentación necesaria a efectos de establecer su relación causal con la consecuencia que sigue y deduce el servicio de aduanas, en cuanto a que el agente de aduanas haya efectivamente dejado de ocuparse en forma diligente y personal, de las actividades propias del cargo, como el no velar por las conductas de sus auxiliares, tomando en consideración que conforme la historia de la ley de las normas aplicadas por le resolución n° 5202, dicha conducta descrita en la ordenanza de aduanas ha sido incluida con la finalidad de impedir delegaciones o suplantaciones indebidas, lo que no consta en la especie. - el propio despachador adoptó, en forma personal y de propia iniciativa, las medidas adecuadas para la corrección de los errores cometidos, velando de esta forma por la conducta y desempeño de sus auxiliares. - conforme al mérito de las probanzas del proceso y apreciando la prueba de acuerdo a las normas de sana crítica, de la aplicación del razonamiento jurídica y reglas de la lógica, se pudo constatar que la resolución reclamada fue dictada dentro del marco de las facultades y legalidad a que está sometida la reclamada.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.