Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo interpuesto por una persona natural en contra de la Subsecretaría de Salud Pública, que había solicitado bases de datos en formato Excel de egresos hospitalarios entre 2011 y 2022, con variables como sexo, edad numérica, región, diagnóstico, previsión, días de estadía e intervención quirúrgica. El órgano había puesto a disposición la información publicada en su sitio web, lo que el Consejo estimó suficiente para tener por atendida la solicitud conforme al artículo 15 de la Ley de Transparencia. Se consideró que la entrega de las variables en la forma pedida, cruzada con otras bases de datos públicas o privadas, generaba un riesgo cierto de reidentificación de los usuarios del sistema de salud, y que implicaba una intromisión en la vida privada y en datos sensibles sin consentimiento de sus titulares, en relación con la Ley N°20.584 y la Ley N°19.628. Por ello no se pronunció sobre las causales de reserva alegadas y desestimó las diligencias solicitadas por el órgano. Contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.