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El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba do…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2018

Resumen

El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba dos disposiciones legales: el inciso segundo del artículo 1° de la Ley N° 18.216, que excluye de las penas sustitutivas a ciertos delitos, y el inciso segundo del artículo 17 B de la Ley N° 17.798, sobre control de armas. La requirente sostenía que estas normas vulneraban el principio de proporcionalidad de las penas y la igualdad ante la ley. El tribunal acogió parcialmente el requerimiento. Respecto del artículo 1° de la Ley N° 18.216, consideró que la exclusión total de las penas sustitutivas para ciertos delitos, incluso de menor gravedad, resulta desproporcionada y afecta la finalidad de reinserción social. En cambio, en relación con el artículo 17 B de la Ley N° 17.798, concluyó que no vulnera la Constitución, pues restringe el marco penal sin afectar la individualización judicial de la pena. Asimismo, estimó que el legislador puede establecer un tratamiento diferenciado en delitos de control de armas, dado el mandato constitucional de control y supervigilancia de las mismas.

Normas citadas

  • artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
  • artículo 17, inciso B, de Ley N° 17.365
  • artículo 65, de Código Penal
  • artículo 66, de Código Penal
  • artículo 67, de Código Penal
  • artículo 68, de Código Penal
  • artículo 69, de Código Penal
  • artículo 3, de Código Penal
Tribunal ConstitucionalINADebido Procesopenas sustitutivasReinserción socialIgualdad ante la Leyley de control de armasDeterminación de la pena

Preguntas frecuentes

¿Es constitucional excluir de las penas sustitutivas a ciertos delitos, incluso los de menor gravedad?

En este caso, el Tribunal Constitucional acogió el requerimiento y estimó que la exclusión total de las penas sustitutivas para ciertos delitos, incluso de menor gravedad, resulta desproporcionada y afecta la finalidad de reinserción social.

¿El artículo 17 B de la Ley de control de armas vulnera el principio de proporcionalidad de las penas?

En este caso, el Tribunal Constitucional concluyó que el artículo 17 B no vulnera la Constitución, pues restringe el marco penal sin afectar la individualización judicial de la pena.

¿Puede el legislador establecer un tratamiento penal diferenciado en delitos de control de armas?

En este caso, el Tribunal Constitucional estimó que sí puede hacerlo, dado el mandato constitucional de control y supervigilancia de las armas.

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