Resumen
La Contraloría General de la República conoció, para toma de razón, la resolución N° 119, de 2010, del Instituto Nacional de Estadísticas, que puso término anticipado a la contratación de un profesional asimilado al grado 6 de la E.U.S. de esa entidad, por no ser necesarios sus servicios. El afectado reclamó que la decisión carecía de motivos justificados. El organismo recordó que su jurisprudencia (dictámenes N°s. 16.557, 26.594 y 48.251, de 2010) establece que, en contrataciones sujetas a la cláusula "mientras sean necesarios sus servicios", la autoridad puede poner término en cualquier momento sin aceptación del afectado y sin que el ente contralor evalúe sus razones. Por ello, concluyó que no existía ilegalidad ni arbitrariedad, rechazó el reclamo y tomó razón de la resolución por ajustarse a derecho.