Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la resolución N° 159, de 2015, del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, que puso término a una designación a contrata de un funcionario. El órgano de control concluyó que, cuando la designación contempla la cláusula "mientras sean necesarios sus servicios", la autoridad puede ponerle término en cualquier momento anterior a su vencimiento sin necesidad de fundamentación particular, y que esa facultad no se ve afectada por el resultado de las evaluaciones del servidor. Respecto de la petición verbal de renuncia efectuada por la jefatura, indicó que el ordenamiento no contempla dicha hipótesis para quienes están a contrata. Sin embargo, estimó que esa circunstancia, sumada al retiro de carga de trabajo y de equipos institucionales y a la falta de citación a reuniones, podría constituir persecución u hostigamiento, por lo que instruyó a la institución a ponderar la procedencia de un proceso disciplinario. Finalmente, se rechazó la impugnación sobre la ilegalidad del término del vínculo.