Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado en contra del Servicio de Impuestos Internos, que se negó a entregar los roles de avalúo de propiedades pertenecientes a determinadas empresas y de propiedades colindantes, en este último caso solo las de personas jurídicas. El Consejo consideró que se trata de información pública que puede estar en poder del órgano, desestimó la alegación de inexistencia parcial por no haberse acreditado, y rechazó las excepciones de afectación de derechos de terceros, pues no se explicó ni probó un perjuicio a derechos comerciales o económicos, así como la aplicación del secreto tributario, ya que la entrega no revela ingresos, fuentes ni cargas impositivas de los contribuyentes. Ordenó la entrega de la información; si algún antecedente no obra en poder del órgano, deberá explicarlo y acreditarlo en la etapa de cumplimiento, dentro de 5 días hábiles desde que quede ejecutoriada la decisión.