Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el derecho de una exdocente de la Municipalidad de Lo Espejo a percibir beneficios de desahucio y jubilación. El órgano concluyó que, al haber quedado en una línea previsional paralela tras ser contratada como docente de aula, debe cotizar y obtener jubilación y desahucio en el régimen de la antigua Caja de Retiro y Previsión de los Empleados Municipales, por el período servido en la municipalidad. Respecto del desahucio de la ley N° 11.219, precisó que la interesada no cotizó en el fondo correspondiente y enteró cotizaciones con una tasa menor a la debida, lo que implicó recibir remuneraciones superiores a las que le correspondían. Por ello, determinó que esa diferencia constituye un beneficio percibido indebidamente, que el Instituto de Previsión Social deberá descontar del desahucio y de la pensión que se determine. Dispuso remitir los antecedentes a dicho Instituto para su verificación y otorgamiento de los beneficios, si la recurrente cumple los requisitos.