Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el derecho al desahucio de una ex funcionaria municipal, regulado por la ley 11.219, tras su desafiliación del sistema de pensiones del DL 3.500. El dictamen establece que corresponde a la recurrente enterar la diferencia de cotizaciones generada por el cambio de régimen previsional hasta su desafiliación, y que a partir de entonces el empleador debe pagar las sumas del antiguo régimen. Según el organismo, las AFP deben asumir las diferencias de cotizaciones, pues la interesada cotizó en un régimen distinto al que le correspondía y percibió una remuneración mayor a la que tenía derecho. El Instituto de Previsión Social liquidó la deuda en $7.575.749, incluyendo el fondo de desahucio, y la recurrente debe informar la alternativa elegida para enterarla. Respecto de las cotizaciones del período de reincorporación, la Contraloría resolvió que la municipalidad debe pagarlas si no efectuó los descuentos, conforme a su jurisprudencia según la cual el error del empleador no genera responsabilidad para el funcionario.