Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre un reclamo de un extrabajador sujeto al Código del Trabajo respecto de las indemnizaciones por años de servicio y sustitutiva del aviso previo, y de los bonos de término de conflicto y de vacaciones. El organismo concluyó que en el cálculo de las indemnizaciones no se consideraron las asignaciones de colación y movilización, criterio que no fue ajustado a derecho según la jurisprudencia citada. Respecto de los bonos, determinó que el plazo de prescripción es de dos años desde su exigibilidad, interrumpido por el reclamo formal. En consecuencia, ordenó pagar los bonos correspondientes a 2012 y 2013, mientras que el bono de término de conflicto de 2011 se encontraba extinguido por haberse requerido después del plazo. Asimismo, señaló que la Administración no puede aprovechar sus propios errores en el finiquito, por lo que debe pagar las prestaciones adeudadas aunque no se hubiese hecho reserva de derechos, y remitió a lo señalado en el dictamen N° 14.362 de 2015 respecto de la fuente de financiamiento solicitada.