Resumen
El tribunal tributario y aduanero de valparaíso, en procedimiento general de reclamación, rechaza el reclamo interpuesto por el contribuyente en contra de liquidación, emitida por el servicio de impuestos internos, toda vez que del examen de los antecedentes se concluye, en primer término, que la acción fiscalizadora del servicio de impuestos internos fue desplegada dentro de los plazos establecidos en el artículo 200 del código tributario. en cuanto al fondo la reclamante debía probar la efectividad de haber el servicio de impuestos internos dictado la actuación reclamada con infracción a las disposiciones legales aplicables, como, asimismo, la efectividad que las órdenes de compra acompañadas en autos, cumplían o no con los requisitos para obligar legalmente a comercial vnx limitada. se estima que no existe probanza grave, precisa y concordante que conduzca lógicamente a la verificación de la efectividad o verdad de los hechos que fundan las alegaciones de la reclamante y, por el contrario, se estima que, habiéndose acompañado en autos pruebas suficientes para acreditar que la liquidación impugnada se emitió conforme a la legislación vigente, se rechaza el reclamo materia de autos y se confirma la actuación impugnada. la ilustrísima corte de apelaciones de valparaíso, en sentencia de fecha 20.11.2018, rol tributario y aduanero n°, rechaza el recurso interpuesto por la reclamante y confirma la sentencia apelada de fecha 17.08.2018, escrita a fojas 194-201, de autos.