Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado por un reclamante contra la Subsecretaría de Redes Asistenciales, que no respondió oportunamente la solicitud de información ni alegó causales de reserva. Se discutía el acceso a un listado de los organismos capacitadores reconocidos por el Ministerio de Salud, previsto en el reglamento de la carrera funcionaria del personal regido por el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal. El Consejo ordenó a la Subsecretaría entregar dicho listado o, si no existe o no obra en su poder, informarlo de manera expresa y fundada, en un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento legal, y acreditar luego la entrega ante el Consejo. Se fundamentó en que se trata de información pública que debe obrar en poder del órgano. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente en 15 días corridos desde la notificación.