Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el reclamo de un ex administrador municipal que cuestionaba el término de sus funciones. El interesado sostenía que su salida fue una renuncia no voluntaria solicitada por la autoridad edilicia. El órgano recordó que el cargo de administrador municipal es de confianza del alcalde, quien lo designa y puede removerlo, y que para este cargo la causal de cese es la remoción, no la petición de renuncia, según su jurisprudencia previa. Sin embargo, constató que el funcionario presentó su renuncia por escrito, que fue aceptada mediante decreto que la calificó de voluntaria, y que no se acompañaron antecedentes que acreditaran que la autoridad le solicitó la dimisión. En consecuencia, concluyó que el cese se produjo por aceptación de renuncia conforme a la letra a) del artículo 144 de la ley N° 18.883, y desestimó la petición del interesado.