Resumen del criterio jurisprudencial
Se deduce acción de protección en favor de la parte recurrente contra el Servicio Nacional de Migraciones por no acoger a trámite la solicitud de residencia definitiva, fundada en el incumplimiento del tiempo mínimo de residencia temporal. El servicio recurrido argumentó que el extranjero no cumplía con los requisitos legales, particularmente el tiempo mínimo de residencia temporal de veinticuatro meses, incrementado por la comisión de infracciones migratorias. La Corte Suprema revoca la sentencia apelada y rechaza la acción, considerando que el servicio actuó conforme a la ley N°21.325 y su reglamento. Además, señala que los antecedentes fueron remitidos al departamento competente para otorgar un permiso temporal, manteniendo la situación regular del recurrente. No se advierte ilegalidad ni arbitrariedad que vulnere la garantía de igualdad ante la ley, por lo que el recurso es rechazado.