Resumen del criterio jurisprudencial
Se incurre en una infracción de derecho si se estima que la cuota de incorporación pagada por los padres y apoderados de una Corporación-Fundación Educacional corresponde al pago de un servicio.
Se incurre en una infracción de derecho si se estima que la cuota de incorporación pagada por los padres y apoderados de una Corporación-Fundación Educacional corresponde al pago de un servicio.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.