El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Instituto de Des…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024
Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP), que había negado información sobre siniestros ocurridos en sus bienes y cuyos riesgos fueron traspasados a una compañía de seguros. Se ordenó entregar los antecedentes requeridos en los puntos 2°, 3°, 4°, 6°, 7° y 8° de la solicitud. Si algún dato no obra en poder del organismo, deberá comunicarlo al reclamante y al Consejo, fundando las razones. La decisión sostuvo que se trata de información sobre bienes fiscales de carácter público, que el control social justifica su acceso, y que ni el organismo ni el tercero aportaron antecedentes concretos sobre una afectación a sus funciones o a derechos de terceros. Además, se indicó que las cláusulas de confidencialidad contractuales no convierten por sí solas la información en secreto, pues no se encuadran en las reservas del artículo 8° de la Constitución, que requieren ley de quórum calificado. Antes de entregar los documentos deberán tarjarse los datos personales de contexto.
Normas citadas
Constitución Política de la República
Ley de Transparencia
Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoOtros
Preguntas frecuentes
¿Una cláusula de confidencialidad en un contrato con una aseguradora permite a un organismo público negar información sobre bienes fiscales?
En este caso, el Consejo para la Transparencia sostuvo que las cláusulas de confidencialidad contractuales no convierten por sí solas la información en secreta, porque no se encuadran en las reservas del artículo 8° de la Constitución, que requieren ley de quórum calificado. Ordenó entregar los antecedentes requeridos sobre bienes fiscales de carácter público.
¿Puede un organismo negar el acceso a información sobre siniestros de sus bienes alegando que sus riesgos fueron traspasados a una compañía de seguros?
En este caso, el Consejo acogió el amparo contra el INDAP, que había negado información sobre siniestros ocurridos en sus bienes y traspasados a una aseguradora. Ordenó entregar los antecedentes requeridos, porque ni el organismo ni el tercero acreditaron una afectación concreta a sus funciones o a derechos de terceros.
¿Qué debe hacer un organismo si no tiene en su poder algún dato solicitado por transparencia?
En este caso, el Consejo resolvió que, si algún dato no obra en poder del organismo, debe comunicarlo al reclamante y al Consejo, fundando las razones. Además, antes de entregar los documentos, deben tarjarse los datos personales de contexto.
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