El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la informaci…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021
Resumen
El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la información pública presentado contra la Municipalidad de Graneros. Durante el análisis de admisibilidad se advirtió que la reclamación no contenía antecedentes suficientes, por lo que el Consejo, conforme al artículo 46 del Reglamento de la Ley de Transparencia, otorgó un plazo de cinco días hábiles para subsanar las omisiones, advirtiendo que de no hacerlo se declararía la inadmisibilidad. La parte reclamante no efectuó presentación alguna dentro de ese plazo, razón por la cual el Consejo resolvió declarar inadmisible el amparo, con fundamento en el artículo 24 de la Ley de Transparencia y el citado artículo 46. La resolución se adoptó por unanimidad de los consejeros presentes y dispone su notificación a la reclamante y al alcalde municipal.
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