El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a las no…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020
Resumen
El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa interpuesto contra la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. El reclamante denunciaba la falsificación de un certificado de instalación eléctrica, pero el Consejo concluyó que ello no constituye una falta de publicación o de completitud de la información que el artículo 7° de la Ley de Transparencia y el artículo 51 de su Reglamento obligan a mantener en los sitios electrónicos de los órganos de la Administración del Estado. Por ello, el reclamo carece de un elemento habilitante para su interposición. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, en el plazo de quince días corridos desde la notificación, y no procede el recurso de reposición.
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