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AdministrativoInadmisible

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a normas…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a normas de transparencia activa presentado en contra de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. El reclamante expuso molestias por cobros excesivos en cuentas de electricidad, solicitando una solución al respecto, pero no reclamó por la falta de información pública que los órganos de la Administración del Estado deben mantener en sus sitios electrónicos. Al no configurarse una infracción al artículo 7° de la Ley de Transparencia ni al artículo 51 de su Reglamento, el Consejo concluyó que el reclamo carecía de un elemento habilitante para su interposición, por lo que fue declarado inadmisible.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.880
  • D.S. N° 13
  • D.F.L. N° 1
  • Artículo 59 de la Ley N° 19.880
reclamoDecisión de inadmisibilidad

Preguntas frecuentes

¿Procede un reclamo de transparencia activa si el reclamante solo se queja de cobros excesivos en su cuenta de electricidad?

No. En este caso, el Consejo para la Transparencia declaró inadmisible el reclamo porque el reclamante no alegó una falta de información que el órgano debía mantener publicada en su sitio electrónico, y no se configuró infracción a los artículos 7° de la Ley de Transparencia ni 51 de su Reglamento.

¿Qué requisito debe cumplir un reclamo por infracción a la transparencia activa para ser admisible?

Debe fundarse en una infracción a las obligaciones de transparencia activa, como la falta de información pública que el órgano debe mantener en sus sitios electrónicos. Según este caso, sin ese elemento habilitante el reclamo es inadmisible.

¿Puede la Superintendencia de Electricidad y Combustibles ser reclamada ante el Consejo para la Transparencia por temas de cobros a usuarios?

En este caso, el Consejo para la Transparencia no entró al fondo de los cobros: declaró inadmisible el reclamo contra la Superintendencia de Electricidad y Combustibles porque el reclamante planteó molestias por cobros, pero no una infracción de transparencia activa.

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