El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstituci…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021
Resumen
El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que excluye de las penas sustitutivas a la privación de libertad a ciertos delitos. La mayoría de sus integrantes resolvió acoger el requerimiento, fundando la decisión en la vulneración del principio de proporcionalidad de las penas y del principio de igualdad ante la ley, al considerar que la exclusión total de esos delitos del acceso a penas sustitutivas no atiende a la gravedad del delito ni a la extensión de la pena. Según el fallo, la privación de libertad debe reservarse para conductas graves, y las penas sustitutivas no equivalen a impunidad, sino que buscan la reinserción social y la no reincidencia. Sin embargo, la parte resolutiva del fallo, que contiene la decisión final, indica que la impugnación debe ser rechazada: el tribunal sostuvo que el impedimento de acceso a las penas sustitutivas es constitucional y que no existe un derecho subjetivo a su aplicación ni un trato discriminatorio que vulnere la igualdad ante la ley. Un ministro previno que estuvo por acoger la impugnación.
Normas citadas
artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
artículo 3, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 21, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 56, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Ley N°18.216
Tribunal ConstitucionalINADeclaración De Inhabilidad Del Presidente De La RepúblicaDerecho A La DignidadDerecho A La Integridad Fisica Y PsiquicaDerecho A La Libertad Personal Y Seguridad IndividualPrincipio De TipicidadTribunales De Justicia
Preguntas frecuentes
¿Es constitucional excluir de las penas sustitutivas a la privación de libertad a ciertos delitos según la Ley 18.216?
En este caso, el Tribunal Constitucional resolvió que el impedimento de acceso a las penas sustitutivas es constitucional y que no existe un derecho subjetivo a su aplicación ni un trato discriminatorio que vulnere la igualdad ante la ley, aunque la mayoría de sus integrantes había fundado en un primer momento la vulneración del principio de proporcionalidad.
¿Vulnera el principio de proporcionalidad de las penas excluir de penas sustitutivas delitos sin considerar su gravedad?
En este caso, la mayoría de los integrantes del Tribunal Constitucional sostuvo que esa exclusión total no atiende a la gravedad del delito ni a la extensión de la pena, pero la parte resolutiva final rechazó la impugnación. Un ministro previno que estuvo por acoger el requerimiento.
¿Las penas sustitutivas equivalen a impunidad o buscan la reinserción social?
Según el fallo, las penas sustitutivas no equivalen a impunidad, sino que buscan la reinserción social y la no reincidencia, criterio que sustentó la posición de la mayoría de sus integrantes al considerar la privación de libertad reservada para conductas graves.
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