Resumen
La Contraloría General de la República rechazó el reclamo de una empresa que cuestionaba la variación del monto de los derechos municipales por publicidad cobrados por la Municipalidad de Quilicura, y la falta de información sobre el nuevo valor a pagar. El organismo precisó que, conforme a su jurisprudencia, la excepción de la publicidad que sólo dé a conocer el giro del establecimiento comprende también los letreros que aludan al nombre del establecimiento, por ser inherente a la publicidad singularizar a un oferente. Concluyó que la ordenanza municipal, adecuada a la nueva normativa legal, fundamentaba el cobro, siempre que la publicidad no estuviera liberada de pago por el artículo 41, N° 5, del decreto ley N° 3.063. Respecto de la falta de información, recordó que las ordenanzas deben publicarse en el diario oficial, en la web municipal o en un diario regional, y constató que la ordenanza estaba publicada en el portal del municipio. Por ello, estimó procedente el ajuste del cobro realizado en el segundo semestre de 2011.