Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República reconsideró su jurisprudencia contenida en los d…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

Resumen

La Contraloría General de la República reconsideró su jurisprudencia contenida en los dictámenes N°s. 85.668, de 2015, y 43.379, de 2016, y concluyó que el Servicio de Salud Talcahuano puede, excepcionalmente, cumplir por un medio equivalente la obligación de otorgar el beneficio de sala cuna a una funcionaria cuyo hijo requiere cuidados médicos permanentes incompatibles con una sala cuna convencional. Para ello, el servicio debe entregar a la funcionaria la suma que fijó en su presupuesto por niño para esta prestación, asumiendo ella la diferencia si los cuidados la superan. Se exige un informe médico que acredite la condición del menor y una certificación de la JUNJI de que no existen salas cuna con atención domiciliaria en la ciudad. El cambio de criterio rige solo hacia el futuro, a partir del 16 de septiembre de 2016, y el servicio debe informar las acciones adoptadas a la Unidad de Seguimiento de la División de Auditoría Administrativa dentro de 15 días hábiles.

Normas citadas

  • CTR art/203
  • ley 19880 art/52
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Un servicio público puede cumplir la obligación de sala cuna con un medio equivalente si el hijo de la funcionaria requiere cuidados médicos permanentes?

Según este dictamen, la Contraloría concluyó que el Servicio de Salud Talcahuano puede, excepcionalmente, cumplir la obligación entregando a la funcionaria la suma que fijó por niño para sala cuna, siempre que el hijo tenga cuidados incompatibles con una sala cuna convencional.

¿Qué requisitos se exigen para autorizar el pago de un medio equivalente de sala cuna en lugar del beneficio tradicional?

En este caso, la Contraloría exigió un informe médico que acredite la condición del menor y una certificación de la JUNJI que confirme que no existen salas cuna con atención domiciliaria en la ciudad. Si los cuidados superan el monto entregado, la funcionaria asume la diferencia.

¿Desde cuándo rige el cambio de criterio de la Contraloría sobre sala cuna con medios equivalentes?

La Contraloría reconsideró su jurisprudencia anterior y dispuso que el nuevo criterio rige solo hacia el futuro, a partir del 16 de septiembre de 2016. Además, el servicio debe informar las acciones adoptadas a la Unidad de Seguimiento dentro de 15 días hábiles.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2017 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre el beneficio de sala cuna de…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

  • La Contraloría General de la República se pronuncia sobre consultas relativas al cumpli…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2018

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre el cumplimiento de la obligac…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre el cumplimiento del beneficio…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la procedencia del cumplimien…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.