Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la procedencia del cumplimiento alternativo de la obligación de proveer sala cuna para funcionarias públicas, en casos excepcionales en que el hijo menor de dos años presente una condición de salud incompatible de forma absoluta y permanente con su estadía en una sala cuna. El dictamen establece que, para acceder a esta modalidad, la trabajadora debe presentar un informe médico que acredite dicha condición y un certificado de la JUNJI que indique la inexistencia de salas cunas con atención domiciliaria en la comuna de residencia. De cumplirse los requisitos, el servicio empleador debe emitir una resolución exenta fundada, imputar el gasto al presupuesto correspondiente y remitirla a la Contraloría. En el caso concreto, se verificó que FONASA cumplió íntegramente con todas las exigencias del dictamen N° 68.316, de 2016, ajustándose a la jurisprudencia aplicable.