Resumen del criterio jurisprudencial
El recurrente, identificado como Vergara, interpuso una acción constitucional de protección contra una Isapre y la Superintendencia de Salud por el alza unilateral del precio de la prima GES. El actor consideró dicho aumento desproporcionado e injustificado, vulnerando sus garantías constitucionales de los numerales 9 y 24 del artículo 19 de la Constitución. La Corte Suprema analizó el marco normativo, específicamente los artículos 206 y 206 bis del DFL N°1 de 2005 del Ministerio de Salud, que regulan el procedimiento de fijación de la prima GES. Se constató que el precio comunicado era el resultado de un proceso previo, objetivo y fiscalizado por la Superintendencia. Por tanto, no se advirtió un actuar ilegal ni arbitrario de las recurridas. En consecuencia, se confirmó la sentencia apelada que rechazó el recurso, sin costas.