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El Consejo para la Transparencia resolvió rechazar los amparos presentados contra el Se…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

Resumen

El Consejo para la Transparencia resolvió rechazar los amparos presentados contra el Servicio de Salud de Talcahuano, que buscaban acceder a copias de denuncias y a los formularios utilizados en procesos de denuncias por maltrato, acoso laboral y/o sexual registrados en los organismos dependientes del servicio. El Consejo estimó que concurren las causales de reserva del artículo 21 N°1 y N°2 de la Ley de Transparencia: la divulgación podría inhibir que los funcionarios afectados presenten denuncias ante el departamento de C.V.L., afectando el cumplimiento de las funciones del órgano, en particular la investigación de conductas indebidas que atenten contra la probidad administrativa, y además podría afectar los derechos de terceros involucrados. La decisión se fundó en criterios sostenidos en decisiones anteriores del Consejo. Contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoSalud

Preguntas frecuentes

¿Se pueden pedir copias de denuncias por acoso laboral o sexual en servicios de salud públicos bajo la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó los amparos que buscaban copias de denuncias por maltrato, acoso laboral y/o sexual, porque estimó que concurrían las causales de reserva del artículo 21 N°1 y N°2 de la Ley de Transparencia.

¿Qué causales de reserva del artículo 21 de la Ley de Transparencia pueden justificar negar el acceso a denuncias administrativas?

En este caso, el Consejo sostuvo que la divulgación podría inhibir las denuncias de funcionarios afectados y entorpecer la investigación de conductas que atentan contra la probidad administrativa, además de afectar derechos de terceros involucrados.

¿Qué plazo hay para reclamar de una decisión del Consejo para la Transparencia que deniega el acceso a información?

En este caso, la resolución indica que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación de la decisión.

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