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Seguridad social

La Superintendencia de Salud, mediante resolución de su Intendencia de Fondos y Seguros…

Resolución · Superintendencia de Salud · 2010

Resumen

La Superintendencia de Salud, mediante resolución de su Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales de Salud, amonestó al Centro Médico Megasalud Temuco por no dejar constancia escrita de la información entregada a sus pacientes sobre su derecho a las Garantías Explícitas en Salud, en la forma prevista en la Circular IF/N° 57 de 2007, conforme al inciso segundo del artículo 24 de la Ley N° 19.966. La resolución señala que la muestra fiscalizada no era representativa y que no se acreditó que el incumplimiento obedeciera a un procedimiento, aunque sí se constató que el centro no contaba con respaldo de la notificación en un 75% de los casos revisados. Se fundamentó en que dicha notificación permite a los beneficiarios ejercer informadamente sus derechos y verificar la Garantía de Oportunidad, por lo que su omisión infringe tanto el texto como el espíritu de la normativa, y no podía quedar sin sanción.

Normas citadas

  • Ley N° 19.966
  • Decreto Supremo N° 136
  • Artículo 24 de la Ley N° 19.966
  • DFL N° 1
  • Resolución N° 1600, de 2008
  • Resolución N° 57
Sanciones a prestadores

Preguntas frecuentes

¿Qué obligación tienen los prestadores de salud de informar a sus pacientes sobre las Garantías Explícitas en Salud (GES)?

En este caso, la Superintendencia de Salud sostuvo que el prestador debe dejar constancia escrita de la información entregada a los pacientes sobre su derecho a las GES, en la forma prevista en la Circular IF/N° 57 de 2007, conforme al artículo 24 de la Ley N° 19.966. Esa notificación permite al beneficiario ejercer informadamente sus derechos.

¿Qué consecuencia tiene para el paciente que el prestador no respalde por escrito la notificación de sus derechos GES?

En este caso, la Superintendencia señaló que sin esa constancia escrita el beneficiario no puede ejercer informadamente sus derechos ni verificar la Garantía de Oportunidad. Por eso estimó que la omisión afecta directamente la protección del paciente.

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