El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo presentado por un particular contra…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020
Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo presentado por un particular contra el Servicio de Registro Civil e Identificación, que pedía información sobre placas patentes únicas inscritas a nombre de determinadas personas. El Consejo concluyó que la ley ya establece un procedimiento especial para acceder a esa información, consistente en una certificación previa al pago de los derechos correspondientes, por lo que la solicitud debía sujetarse a ese procedimiento y no al previsto en la Ley de Transparencia. Se fundamentó en que recurrir a la Ley de Transparencia evitaría que el servicio cumpla la función que el legislador le encomendó y afectaría los ingresos fiscales por derechos. En consecuencia, la Ley de Transparencia no es la vía idónea y el amparo fue rechazado.
Normas citadas
Ley N° 20.285
Ley 18.290
Ley N° 19.880
Ley N° 19.477
Decreto Supremo N° 1.111
Ley N° 18.575
Resolución Exenta N° 309
Oficio N° 73
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Se puede pedir por transparencia el listado de placas patentes únicas inscritas a nombre de una persona?
En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo porque la ley ya establece un procedimiento especial para esa información, que exige una certificación previa al pago de los derechos correspondientes. Por eso, la Ley de Transparencia no era la vía idónea.
¿Qué vía debe usarse para obtener información sobre placas patentes inscritas en el Registro Civil si la Ley de Transparencia no sirve?
En este caso, el Consejo sostuvo que la solicitud debía sujetarse al procedimiento especial previsto en la ley para la certificación previa y el pago de derechos, y no al de la Ley de Transparencia. Recurrir a la Ley de Transparencia habría impedido al servicio cumplir la función que el legislador le encomendó.
¿Puede el Consejo para la Transparencia acoger un amparo cuando existe un procedimiento legal especial de acceso a la información?
En este caso, el Consejo concluyó que la existencia de un procedimiento especial para acceder a la información impedía usar la Ley de Transparencia, por lo que rechazó el amparo. También consideró que acoger la vía general afectaría los ingresos fiscales por derechos.
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