Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo deducido contra la Subsecretaría de Redes Asistenciales, que había sido requerida por la entrega de la base de datos GRD de egresos hospitalarios del año 2021. El Consejo ordenó la entrega de la información, pero con reservas: en el campo edad sólo debía indicarse el año de nacimiento, y debían reservarse las fechas de ingresos, egresos, intervención y partos, la previsión de los titulares y las comunas con menos de 10 pacientes. Se rechazó el amparo respecto de los datos de edad específica, etnia, fechas, previsión y comunas con menos de 10 pacientes, por estimar que su entrega permitiría determinar la identidad de los titulares y podría vulnerar la normativa sobre protección de la vida privada y derechos de los pacientes. Además, se ordenó tarjar otros datos personales de contexto y, si faltaban antecedentes, explicarlo pormenorizadamente en la etapa de cumplimiento. El fallo se fundó en la falta de acreditación de la entrega, en la ausencia de causal de reserva legal invocada y en la jurisprudencia de los amparos y C5317-21.