Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo contra la Subsecretaría de Salud Pública, relativo a una solicitud de datos de egresos hospitalarios del período 2014 a 2022. El Consejo ordenó entregar una planilla con un conjunto acotado de variables del S.E.H., por tratarse de información pública generada en el ejercicio de funciones públicas, cuyo acceso permite conocer el funcionamiento de dicho sistema y es relevante para la adopción de políticas de salud. Aplicando el principio de divisibilidad, se resguardan los datos que permitan inferir, aunque remotamente, la identidad de los pacientes. Asimismo, si alguna variable no obra en poder del organismo, deberá justificarlo al reclamante con copia al Consejo. En cambio, rechazó el amparo respecto de un segundo grupo de variables de los pacientes, por la causal de reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia, referida a la afectación de derechos de terceros. La decisión señala que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente dentro de 15 días corridos desde la notificación.