El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo interpuesto por una ciudadana en con…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024
Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo interpuesto por una ciudadana en contra de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, que había solicitado información relacionada con la Beca BUMAR. El Consejo fundó la decisión en la causal de distracción indebida de funcionarios: la solicitud formaba parte de un conjunto de requerimientos presentados por la misma persona ante el mismo órgano dentro de un período acotado, incluyendo otras cuatro solicitudes con 17 puntos adicionales, lo que implicaba una carga especialmente gravosa para el organismo y afectaba sus principios de eficiencia y eficacia. El Consejo además advirtió a la reclamante que sus presentaciones futuras debían ajustarse a lo dispuesto en el artículo 19 N° 14 de la Constitución, que exige comparecer ante la Administración en términos respetuosos y convenientes. Contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde su notificación.
Normas citadas
Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoEducación
Preguntas frecuentes
¿Puede el Consejo para la Transparencia rechazar una solicitud de acceso a la información por distracción indebida de funcionarios?
En este caso, el Consejo rechazó el amparo por la causal de distracción indebida de funcionarios, porque la solicitud era parte de un conjunto de requerimientos presentados por la misma persona ante el mismo órgano en un período acotado. Ese conjunto sumaba otras cuatro solicitudes con 17 puntos adicionales, lo que generaba una carga especialmente gravosa para el organismo.
¿Qué pasa si una persona presenta muchas solicitudes de información seguidas a un mismo organismo público en Chile?
En este caso, el Consejo consideró que la acumulación de solicitudes afectaba los principios de eficiencia y eficacia del organismo y justificó el rechazo. Además, advirtió que las presentaciones futuras de la reclamante debían ajustarse al artículo 19 N° 14 de la Constitución, que exige comparecer ante la Administración en términos respetuosos y convenientes.
¿Cuál es el plazo para reclamar de ilegalidad una decisión del Consejo para la Transparencia?
En este caso, el resumen indica que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación de la decisión. El documento no detalla otros requisitos del procedimiento.
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