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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la consulta de una ex funcion…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2011

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la consulta de una ex funcionaria del Instituto de Previsión Social que, tras renunciar y percibir la bonificación por retiro de la ley N° 19.882, pretendía reincorporarse a la administración. El órgano concluyó que el artículo décimo de esa ley impide nombrar o contratar, a contrata u honorarios, en entidades del ámbito del beneficio durante cinco años desde el término de la relación laboral, salvo que previamente se devuelva la totalidad del monto recibido en unidades de fomento, más interés corriente para operaciones reajustables. Por ello, no puede reincorporarse al Instituto ni a otro organismo comprendido, sin que antes se disponga un nuevo nombramiento y se reintegre la bonificación. Respecto de la alegada presión para renunciar, se desestimó por falta de antecedentes que la acrediten, pues solo consta la renuncia voluntaria. Sobre el contrato de cobranza de deudas previsionales, el asunto fue remitido a la D.A.A. para los fines pertinentes.

Normas citadas

  • ley 19882 art/séptimo inc/1
  • ley 19882 art/décimo
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede reincorporarse a la administración pública un exfuncionario que recibió la bonificación por retiro de la ley 19.882?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que el artículo décimo de la ley 19.882 impide nombrar o contratar, a contrata u honorarios, en entidades del ámbito del beneficio durante cinco años desde el término de la relación laboral. La reincorporación solo procede si antes se devuelve la totalidad del monto recibido, reajustado en unidades de fomento más interés corriente.

¿Qué pasa si un funcionario que renunció alega que fue presionado para dejar su cargo y recibir la bonificación por retiro?

En este caso, la Contraloría desestimó la alegada presión por falta de antecedentes que la acrediten, pues solo constaba una renuncia voluntaria. Por ello, no varió la situación de la exfuncionaria respecto de la prohibición de reingreso.

¿Qué ocurre con un contrato de cobranza de deudas previsionales cuestionado en un dictamen de la Contraloría?

En este caso, la Contraloría remitió el asunto relativo al contrato de cobranza de deudas previsionales a la D.A.A. (D.A.A.) para los fines pertinentes. El dictamen no se pronunció sobre el fondo de ese contrato.

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